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Deducción en IRPF por vivienda. ¿Se puede perder? Hacienda controla el consumo energético del hogar

Deducción en IRPF por vivienda

El IRPF por vivienda también es algo a tener en cuenta para nuestra declaración de la renta, te explicamos todas las situaciones posibles a continuación.



¿Cómo se podría perder la deducción en IRPF por vivienda? Por compra de vivienda

Las personas que compraron una vivienda antes de 2013 siguen pudiendo solicitar la «deducción por vivienda» antes de que se eliminase esta opción tienen derecho a deducir hasta 9.040 euros de la base imponible.

Sin embargo, Hacienda vigila que se cumplan los requisitos para optar a esta ayuda y se ha demostrado que en ciertas circunstancias los beneficiarios de la deducción por compra de vivienda podrían llegar a perderla e incluso pagar una multa, en el momento de hacer la declaración de este año.

IRPF por vivienda

Imagen: dgvfiscal.es

¿Se puede perder la deducción por compra de vivienda?

El Ministerio de Hacienda investiga y persigue a quienes se atribuyen una deducción por compra de vivienda habitual sin que esta lo sea realmente y en caso de que considerar que existe un fraude fiscal no solamente se pierde ese derecho sino que además se puede imponer una sanción que depende del importe de la deducción.



Hacienda controla el consumo energético en el hogar

Uno de los métodos que se están empleando para determinar si, efectivamente, una persona reside de manera habitual en el domicilio especificado sobre el que se está pagando la hipoteca con derecho a deducción fiscal consiste en controlar la cantidad de consumo energético que se produce a lo largo de todo el año dentro del inmueble.

¿Cuánta energía se gasta al año en una vivienda habitual?

El consumo medio de energía en una vivienda es de 10.521 kWh anualmente (según los datos del informe que analiza el consumo energético residencial en España de la IDAE).

Sin embargo, esta cantidad fijada choca contra las rutinas de consumo energético sostenible que se pueda llegar a aplicar en el domicilio precisamente para ahorrar y reducir el consumo de energía y disuade la inversión en sistemas de bajo consumo y dispositivos inteligentes, pensados para disminuir de forma drástica el consumo de energía en el hogar.



Se puede perder la deducción por no llegar al mínimo

Sin tener en cuenta las propias características de la vivienda, su calificación energética o cuántos kilovatios por debajo se han gastado al año en la vivienda, cuando no se alcanzan al año los 10.521 kWh de consumo Hacienda puede considerar que no se trata del domicilio principal, suprimir la deducción y aplicar una multa del 50% de la deducción.

¿Cuánto puede llegar a costar la multa?

Depende de la cantidad deducida pero corresponde al 50% de dicha deducción. Si el contribuyente acepta al pago de la multa puede aplicarse una reducción del 30% y también un 25% por pronto pago pero en el caso de recurrir y no ser aceptado el recurso no se tendrá derecho a ninguna rebaja.



¿Cómo demostrar que se trata de la vivienda habitual?

Ante la necesidad de tener que demostrar a Hacienda que la vivienda es un domicilio habitual, si no se han alcanzado los kWh mínimos de consumo se puede aportar toda la documentación de la que se disponga para tratar de demostrar que a pesar de no cumplir con el consumo energético sí se trata del domicilio principal del contribuyente.

Documentos que demuestran tu vivienda habitual (El IRPF por vivienda)

En la siguiente lista se encuentra toda la documentación que puede acreditar que efectivamente se trata de una vivienda habitual y podría ayudar a recuperar este derecho:

  1. Certificado de domicilio fiscal: proporcionado por Hacienda donde debe figurar el domicilio debidamente actualizado tal y como se especifica aquí.
  2. Certificado de empadronamiento: en vigor es una prueba de residencia donde además figuran todas las personas convivientes en el domicilio habitual.
  3. El Certificado de la Jefatura Provincial de Tráfico: donde aparezcan los datos del domicilio.
  4. Certificado emitido por la Comunidad de Propietarios
  5. Notificaciones administrativas: recibidas en el domicilio.
  6. Certificado Laboral: donde conste la dirección del empleado.
  7. Nota del Registro de Propiedad: que especifique la ausencia de otras propiedades inmobiliarias.
  8. Facturas de servicios contratados en la vivienda de Internet y telefonía fija donde se muestre el consumo mensual.
  9. Correspondencia bancaria.

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